Yo, el titular de los derechos de autor de esta obra, lo libero al dominio público. Esto aplica en todo el mundo. En algunos países esto puede no ser legalmente factible; si ello ocurriese: Concedo a cualquier persona el derecho de usar este trabajo para cualquier propósito, sin ningún tipo de condición al menos que éstas sean requeridas por la ley.
El uso del símbolo de la imagen está regulado por ciertos tratados internacionales, especialmente por los Tratados de la Haya de 1899 y 1907, las Convenciones de Ginebra de 1949 y sus protocolos adicionales de 1977 y 2005, así como por otras leyes del derecho internacional humanitario ya en acuerdos escritos, ya por viejas prácticas. El uso indebido de este símbolo está prohibido por estos tratados, amén de por la legislación nacional de todos los países que los hayan ratificado. Estas restricciones son independientes de los cambios en los derechos de autor de lo que se enseña aquí.
Leyendas
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