Consejo de Ancianos | |||||
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Conseil des Anciens | |||||
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El consejo de ancianos en sesión | |||||
Localización | |||||
País | Francia | ||||
Información general | |||||
Creación | 2 de noviembre de 1795 | ||||
Término | 10 de noviembre de 1799 | ||||
Tipo | Cámara alta | ||||
Composición | |||||
Miembros | 250 | ||||
Sucesión | |||||
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El Consejo de Ancianos (en francés: Conseil des Anciens) fue la Cámara alta legislativa francesa del Directorio que, junto al Consejo de los Quinientos (Cámara baja), fue instituida por la Constitución del año III, adoptada por la Convención termidoriana en agosto de 1795 y efectiva a partir del 23 de septiembre de 1795.
Atribuciones
El Consejo de Ancianos tenía como función ocuparse de las cosas más que de las personas.[1] Elegía a los miembros del Directorio y compartía el poder legislativo con el Consejo de Quinientos, cuyas leyes aprobaba o rechazaba. Estaba formado por doscientos cincuenta miembros, que se renovaban por tercios cada año. Debían tener una edad mínima de cuarenta años, estar casados o viudos y llevar domiciliados al menos quince años en la República.[1]
Se reunía en el Palacio de las Tullerías, hasta que en 1799 se trasladaron sus asambleas al Palacio de Saint-Cloud. Esto facilitó el golpe de Estado de Napoleón del 18 de Brumario, tras el cual el Consejo de Ancianos fue suprimido.
Véase también
Referencias
- ↑ a b Guizol (1799). Corps législatif. Conseil des anciens: Rapport. Impr. Nationale. pp. 2-. Consultado el 11 de enero de 2013.
Enlaces externos
- Rulers.org (en inglés).