El Convenio de Barcelona para la protección del mar Mediterráneo de la contaminación es una convención regional para prevenir y disminuir la contaminación desde buques, aeronaves y fuentes terrestres al Mar Mediterráneo. Incluye vertidos, escapes y descargas, aunque no se limita a ellos. Las partes firmantes acordaron cooperar y asistirse ante las emergencias de contaminación, la supervisión y la investigación científica. La convención ha sido enmendada en 1995 por última vez.
El Convenio de Barcelona y sus protocolos, junto con el Plan de Acción para el Mediterráneo forman parte del Programa de Mares Regionales del PNUMA.
Fines
El fin principal del convenio es 'reducir la contaminación en el Mar Mediterráneo así como proteger y mejorar el medio ambiente marino en esta zona, contribuyendo así a su desarrollo sostenible' [1] (en inglés). Para alcanzar estos fines se establecen una serie de objetivos y compromisos.
Objetivos
- Prevenir, reducir, combatir, y en la medida de lo posible, eliminar la contaminación en la zona del Mar Mediterráneo.
- Conseguir el objetivo de un desarrollo sostenible, teniendo plenamente en cuenta las recomendaciones de la Comisión Mediterránea de Desarrollo Sostenible.
- Proteger el medio ambiente y contribuir al desarrollo sostenible:
- Aplicando el principio de precaución y el de "quien contamina paga"
- Realizando Evaluaciones de Impacto Ambiental (EIA)
- Promoviendo la cooperación entre Estados costeros en los procedimientos de las EIA.
- Promoviendo la gestión integrada de las zonas costeras, teniendo en cuenta la protección de las zonas de interés ecológico y paisajístico y el uso racional de los recursos naturales. Aplicando el Convenio y sus Protocolos:
- Adoptando programas y medidas con plazos definidos de finalización.
- Usando las mejores tecnologías disponibles y las mejores prácticas medioambientales.
- Formular y adoptar Protocolos que prescriban medidas acordadas, procedimientos y regulaciones para la aplicación del Convenio.
- Promover, en el seno de los organismos internacionales, medidas referidas a la aplicación de los programas de protección medioambiental y de desarrollo sostenible, de conservación y rehabilitación y de recursos naturales del Mar Mediterráneo.
Compromisos
Los miembros acordaron tomar medidas específicas:
- contra la contaminación debida al vertido desde buques y aeronaves y contra la incineración en el mar,
- contra la contaminación debida a la descarga desde buques,
- contra la contaminación derivada de la exploración y la explotación de la plataforma continental, del fondo del mar y de su subsuelo,
- contra la contaminación de origen terrestre,
- para la cooperación en incidentes de contaminación que causen situaciones de emergencia,
- para la protección de la biodiversidad,
- contra la contaminación debida a los movimientos transfronterizos de residuos peligrosos y a su eliminación,
- para la supervisión de la contaminación,
- para la cooperación en ciencia y tecnología,
- para la aplicación de la legislación medioambiental, y
- para facilitar el acceso público a la información y la participación pública.
Situación actual
Originalmente, en 1976, firmaron el convenio catorce estados (partes contratantes) y la Unión Europea. Durante la revisión de 1995 todas las partes volvieron a suscribirlo. Entró en vigor el 12 de febrero de 1978. Las enmiendas de 1995 han de ser aún ratificadas por todos los países miembros. Los miembros son todos los países con costa mediterránea así como la Unión Europea. Se permite a las organizaciones no gubernamentales interesadas y los gobiernos de terceros países formar parte con el estatus de observadores.
El convenio es aplicable para la 'Zona del Mar Mediterráneo'. Esta está definida como 'las aguas marítimas del Mediterráneo propiamente dichas, con todos sus golfos y mares afluentes, limitadas al oeste por el Estrecho de Gibraltar y al este por el estrecho de los Dardanelos'. Se permite a los países miembros extender la aplicación del convenio a las áreas costeras comprendida en sus territorios.
Figuras
El convenio contempla la figura de ZEPIM (Zona especialmente protegida de importancia para el Mediterráneo).
Se ha declarado ZEPIMM al “Mar Menor y zona oriental mediterránea de la costa de la Región de Murcia”.
Véase también
- Área protegida
- Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del mar
- Mar Mediterráneo
- Mar Menor
- Zona de especial protección para las aves (ZEPA)
- ZEPIM
Enlaces externos
- Instrumentos de gobierno en el Mediterráneo (en inglés) Archivado el 11 de septiembre de 2016 en Wayback Machine.
- Programa de Mares Regionales del PNUMA - Convenio de Barcelona (en inglés)
- EUROPA: Convenio de Barcelona: Protección del Mar Mediterráneo, normativas y actas
- Protocolo sobre cooperación para combatir en situaciones de emergencia la contaminación del Már Mediterráneo causada por hidrocarburos y otras sustancias perjudiciales (en pdf)
- Tratados sobre medio ambiente
- Contaminación oceánica
- Tratados de España
- Tratados de Francia
- Tratados de Italia
- Tratados de Yugoslavia
- Tratados de Grecia
- Tratados de Turquía
- Tratados de Chipre
- Tratados de Israel
- Tratados de Egipto
- Tratados de Libia
- Tratados de Túnez
- Tratados de Argelia
- Tratados de Marruecos
- Tratados de Albania
- Tratados de Serbia
- Tratados de Montenegro
- Tratados de Bosnia y Herzegovina
- Tratados de Eslovenia
- Tratados de Croacia
- Convenio de Barcelona para la protección del Mar Mediterráneo