Mortis causa o causa mortis es una expresión latina que significa "por causa de muerte" o "a causa de la muerte". que se utiliza en Derecho para referirse a aquellos actos jurídicos que se producen o tienen efecto a partir del fallecimiento de una persona.[1]
Se opone al acto jurídico inter vivos producto de la voluntad de dos o más personas vivas.
Actos negociales típicos con carácter mortis causa son los relativos a la sucesión, por ejemplo, el testamento, la declaración de herederos en caso de no existir testamento, la posterior aceptación de la herencia del causante y el reparto de la masa hereditaria o caudal relicto entre los herederos.[2]
Las donaciones mortis causa, son comunes y aún vigentes en antiguas legislaciones, sin embargo, ya desde la antigua Roma se prefería tomarlas por legados por ser casi indistinguibles de ellas.[3]
Referencias
- ↑ Munguía, Santiago Segura (2008). Frases y expresiones latinas de uso actual. Universidad de Deusto. p. 93. ISBN 9788498306644. Consultado el 8 de octubre de 2015.
- ↑ Sánchez-Cordero Dávila, Jorge A. (1981). «III. Derecho de sucesión». Derecho Civil. México: UNAM. p. 707. ISBN 968-58-0187-8. Consultado el 8 de octubre de 2015.
- ↑ «Causa Mortis». TheFreeDictionary.com. Consultado el 8 de octubre de 2015.