Registro Nacional de Costa Rica | ||
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Logotipo del Registro | ||
Sede del Registro | ||
Localización | ||
País | Costa Rica | |
Información general | ||
Jurisdicción | Costa Rica | |
Tipo | Órgano adscrito al Ministerio de Justicia y Paz | |
Sede | Ruta 215. 11505. Zapote, San José. | |
Organización | ||
Directora General | Fabiola Varela Mata | |
Subdirector General | Luis Gustavo Álvarez Ramírez | |
Depende de | Ministerio de Justicia y Paz | |
Dependencias | Instituto Geográfico Nacional (IGNCR). | |
Historia | ||
Fundación |
25 de agosto de 1969 28 de mayo de 1975 (denominación actual) | |
Sitio web oficial | ||
El Registro Nacional de Costa Rica es el órgano adscrito al Ministerio de Justicia y Paz de Costa Rica que se encarga de la actividad registral y geoespacial, así como de administrar las diferentes direcciones de registro bajo su dependencia, entre ellos, el Registro Inmobiliario, el Registro de Personas Jurídicas, el Registro de Bienes Inmuebles y el Registro de la Propiedad Intelectual.[1] Su actual titular es Fabiola Varela Mata.[2]
Historia
Los primeros registros de la creación de un organismo encargado del derecho registral en Costa Rica se remontan a 1841 con el Código General de Carrillo, que es el primero que hace referencia a un derecho hipotecario y la creación de un registro. En 1850, se promulga el Oficio de Hipotecas mediante el Decreto n.° 94, durante la administración de Juan Rafael Mora Porras. El 2 de septiembre de 1867, comienza a ejecutar sus funciones el Registro Público, creado dos años antes, en 1865.
El 25 de agosto de 1969, durante la administración de José Joaquín Trejos Fernández, y mediante la Ley de Bases del Registro Nacional, n.º 4384, se crea el Registro Nacional como dependencia del Ministerio de Gobernación y Policía, que une a las dos direcciones registrales creadas hasta entonces en el país y que funcionaban independientemente: el Registro de la Propiedad y el Registro Público. El 28 de mayo de 1975, se deroga la Ley anterior y se establece que el Registro Nacional estará dirigido por una Junta Administrativa, la cual tendrá personalidad jurídica, y sus funciones se establecen en el artículo 3 de esa Ley.
En 1978, el Registro Nacional es trasladado al Ministerio de Justicia y Gracia, lo cual queda debidamente instituido con la reforma a su Ley de creación, n.º 5695, mediante la Ley n.º 6934, del 28 de noviembre de 1983.[2]
Funciones
El Registro Nacional de Costa Rica tiene, entre algunas de sus funciones, las siguientes:[3]
- Dictar las medidas de organización y funcionamiento de sus dependencias.
- Proteger, conservar sus bienes y velar por su mejoramiento.
- Formular y ejecutar los programas de mejoras, de acuerdo con las necesidades de las dependencias a su cargo.
- Administrar los fondos específicos asignados a cada una de ellas, así como los demás ingresos que por otros conceptos reciba, mediante cuentas separadas, dictando los presupuestos, acordando los gastos, haciendo las inversiones que estimare adecuadas, promoviendo y resolviendo las licitaciones que fueren del caso, con sujeción a lo dispuesto por la Ley de la Administración Financiera de la República y la presente ley.
- Preparar los proyectos de ley y reglamentos necesarios y dictar los reglamentos internos para el mejor funcionamiento de las diversas dependencias.
Estructura
El Registro Nacional de Costa Rica tiene, entre algunas de sus funciones, las siguientes:[4]
- La Dirección Administrativa.
- Departamento de Proveeduría.
- Departamento de Recursos Humanos.
- Departamento Financiero.
- Departamento de Servicios Generales.
- Departamento del Archivo Central.
- La Dirección del Registro Inmobiliario.
- Subdirección Registral: Área Registral
- Subdirección Catastral: que se subdivide en dos áreas:
- 1. Área Catastral Técnico
- 2. Área Catastral Registral
- La Dirección del Registro de Propiedad Intelectual.
- Departamento de Geodinámica.
- Departamento Topográfico y de Observación del Territorio.
- Departamento de Geomática.
- La Dirección del Registro de Personas Jurídicas.
- .
- La Dirección del Registro de Bienes Inmuebles.
- Departamento Registral.
- La Dirección de Servicios.
- Departamento de Recepción y Entrega.
- Departamento de Placas.
- Departamento de Plataforma de Servicios.
- La Dirección de Informática.
Además cuenta con los siguientes órganos dependientes:
- El Instituto Geográfico Nacional (IGNCR).
Titulares
Directores generales
Referencias
- ↑ «Filosofía Institucional». www.rnpdigital.com. Consultado el 17 de junio de 2020.
- ↑ a b «Historia Institucional». registronacional.go.cr. Consultado el 17 de junio de 2020.
- ↑ «Ley de Creación del Registro Nacional n.° 5965». registronacional.go.cr. 25 de mayo de 1975. Consultado el 17 de junio de 2020.
- ↑ «Organigrama». www.rnpdigital.com. Consultado el 17 de junio de 2020.