Jorge Salas Arenas | ||
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Presidente del Jurado Nacional de Elecciones Actualmente en el cargo | ||
Desde el 2020 | ||
Predecesor | Víctor Ticona Postigo | |
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Información personal | ||
Nacimiento | Perú | |
Nacionalidad | Peruana | |
Educación | ||
Educado en | Universidad Católica de Santa María | |
Información profesional | ||
Ocupación | Abogado, magistrado, docente universitario | |
Jorge Luis Salas Arenas es un abogado peruano, juez de la Corte Suprema de Justicia de la República y actualmente presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Biografía
Se graduó de abogado en la Universidad Católica Santa María de Arequipa, además de ser magíster en derecho civil en dicha universidad.[1] Posteriormente obtuvo el doctorado en derecho penal en la Universidad de Alcalá en España.[2]
Tras obtener la maestría universitaria, fue parte de la Comisión Episcopal de Acción Social (CEAS).[3] En el año 1996, fue designado juez titular en Arequipa. En el año 2011, fue designado juez supremo titular e incorporado a la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema por el Consejo Nacional de la Magistratura.[4] Fue presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa en el año 2011. Fue presidente especial de la Corte Suprema de Justicia entre los años 2018 y 2019 y presidente de la Academia de la Magistratura en los mismos años.[1]
En el año 2020, fue elegido como presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) por la Sala Plena de la Corte Suprema para el período 2020-2024. En aquel mismo año, fue designado juez supremo titular de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema.[4][5][6]
Es docente en la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) para el período 2022-2023.[7]
Controversias
Impedimento de salida del país de César Hinostroza
Como titular de Sala Penal Especial de la Corte Suprema, en el año 2018, confirmó el impedimento de salida del país de César Hinostroza, involucrado en el Caso «Los Cuellos Blancos», y la ampliación de la prisión preventiva en su contra de 18 a 36 meses. Durante dicho proceso, Hinostroza presentó una recusación contra Salas Arenas por «enemistad manifiesta que afecta su imparcialidad», que fue rechazado por haberse presentado fuera del plazo establecido.[4][8]
Elecciones presidenciales del 2021
Debido a las acusaciones de fraude luego de realizadas las elecciones presidenciales del 2021, Salas Arenas fue acusado principalmente por grupos fujimoristas de posibilitar un fraude a favor de Pedro Castillo para que pudiera obtener la victoria electoral, acusación que fue rechazada por Salas Arenas.[9] Ante esto, el fiscal supremo y miembro del Pleno del JNE, Luis Arce Córdova,[10] acusó al presidente de la institución electoral de «ausencia de disposición» para encontrar «la verdad electoral» escudándose en formalismos. Debido a esto, y para «evitar» que «sus votos en minoría sean utilizados para convalidar falsas deliberaciones constitucionales que son en realidad decisiones con clara parcialización política», Arce Córdova presentó su renuncia.[11][12] Tras declinar del cargo, debido a que no podía renunciar,[13] Salas Arenas suspendió al miembro del JNE.[14][15] Sin embargo, Arce Córdova cuestionó que Salas Arenas lo haya suspendido debido a que este no tenía facultades para realizar tal acción, además cuestionó a la entonces fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, por «convalida[r] una decisión arbitraria, irracional en el extremo de la suspensión».[13]
A pesar de la suspensión de Luis Arce Córdova, organismos internacionales respaldaron a JNE, luego que el ente se encargara de supervisar 300 apelaciones de Fuerza Popular, partido opositor del candidato Pedro Castillo.[16]
Acusación mediática por «liberación de miembros de Sendero Luminoso»
El 31 de mayo del 2021, en medio de la crisis electoral, el programa Beto a Saber, de la televisora Willax, acusó a los jueces supremos Salas Arenas, César San Martín, Víctor Prado Saldarriaga, Elvia Barrios y Hugo Príncipe de haber «liberado terroristas» por haber emitido una sentencia casatoria a favor de dos acusados por el asesinato del juez de paz Julio Rojas Ñahui ocurrido en 1983 por acción de Sendero Luminoso.[17][18] Dicha sentencia suprema del año 2015 extinguió el proceso contra los acusados por aplicárseles los plazos de prescripción, debido a que habían pasado más de 30 años del asesinato en cuestión.[18] Sin embargo, abogados consultados por el diario La República anotaron que la sentencia colegiada en cuestión fue por unanimidad y se ajustaba a la jurisprudencia nacional.[18]
En la misma oportunidad, Beto a Saber acusó a Salas Arenas de "defender sólo a terroristas" durante su práctica privada durante el periodo de violencia.[17][18] Ante esa acusación, Salas Arenas reconoció a La República haber defendido acusados por terrorismo, pero hizo énfasis en el principio de presunción de inocencia, por lo que no podría llamárseles "terroristas" a sus exdefendidos, y narró que, al haber integrado el CEAS de la Iglesia Católica, él «defend[ió] ciertos casos de procesados por terrorismo aproximadamente en 1990" pero que dichos casos "atend[ió] ocasionalmente y de manera independiente... porque algún familiar de los interesados solicitó mi patrocinio. Algunos de los casos que se me propuso llevar los rechacé y los que asumí fue porque existían elementos que permitían desarrollar la defensa o existieron cuestiones procesales que tutelar».[18]
Declaraciones de Jaime Villanueva
En las declaraciones de Jaime Villanueva, en el contexto del escándalo en el ministerio público, éste señaló que Rafael Vela le mencionó que «el Jurado Nacional de Elecciones estaba diseñado para que no salga la señora [Keiko] Fujimori».[19] Ante esto, Salas Arenas rechazó tales declaraciones y denunció una supuesta «operación política» a favor de la entonces candidata y de revivir la acusación de fraude de las elecciones del 2021.[20]
Presunta influencia en contratación de personal
En el año 2024, Salas Arenas fue denunciado por la fiscalía de la Nación debido a su presunta injerencia en la contratación de Pavel Vladimir Cárdenas Peña cuando Salas Arenas se desempeñaba como juez de la Corte Suprema.[21][22] Ante esto, Salas Arenas renunció su derecho al antejuicio.[22][23]
Obras
- Condena al absuelto: reformatio in peius cualitativa (2011)[24]
- Indemnidad sexual: tratamiento jurídico de las relaciones sexuales con menores de 14 a 18 años de edad (2013)[25]
Referencias
- ↑ a b «Jurado Nacional de Elecciones». portal.jne.gob.pe. Consultado el 28 de febrero de 2024.
- ↑ Valencia, Martha (30 de julio de 2021). «¿Cómo ven la actuación de Jorge Luis Salas Arenas en el JNE desde Arequipa?». El Búho. Consultado el 22 de mayo de 2024.
- ↑ «Es falso que el presidente del Jurado Nacional de Elecciones sea terrorista». perucheck.pe. Consultado el 28 de febrero de 2024.
- ↑ a b c Barboza Quiroz, Karem (13 de noviembre de 2020). «Jorge Salas Arenas: ¿Quién es el próximo presidente del JNE?». El Comercio. ISSN 1605-3052. Consultado el 28 de febrero de 2024.
- ↑ «Juez supremo Jorge Luis Salas Arenas asumirá como nuevo presidente del JNE». Gestión. 12 de noviembre de 2020. Consultado el 22 de mayo de 2024.
- ↑ «Juez arequipeño Jorge Luis Salas Arenas asume la presidencia del JNE». El Búho. 14 de noviembre de 2020. Consultado el 22 de mayo de 2024.
- ↑ PUCP. «JORGE LUIS SALAS ARENAS». CV PUCP. Consultado el 28 de febrero de 2024.
- ↑ RedacciónRPP (14 de agosto de 2018). «Sala Penal Especial rechazó recusación de César Hinostroza contra juez que ve su caso | RPP Noticias». rpp.pe. Consultado el 28 de febrero de 2024.
- ↑ Redacción EC (15 de julio de 2022). «Presidente del JNE señala que acusaciones de fraude son de “gente que está fuera de la realidad”». El Comercio. ISSN 1605-3052. Consultado el 28 de febrero de 2024.
- ↑ «El expediente Arce Córdova (III)». IDL. 18 de junio de 2021. Consultado el 28 de febrero de 2024.
- ↑ Redacción EC (23 de junio de 2021). «Titular del Poder Judicial: “No tengo facultades para separar al presidente del JNE”». El Comercio. ISSN 1605-3052. Consultado el 28 de febrero de 2024.
- ↑ «Destituyen a fiscal que envió carta ofensiva contra Salas Arenas durante Elecciones 2021 - La Ley». 6 de septiembre de 2022. Consultado el 22 de mayo de 2024.
- ↑ a b Redacción EC (26 de junio de 2021). «Luis Arce Córdova afirma que Jorge Salas Arenas no tiene facultades para suspenderlo del JNE». El Comercio. ISSN 1605-3052. Consultado el 28 de febrero de 2024.
- ↑ «Presidente del JNE suspende a magistrado Luis Arce Córdova tras declinación». larepublica.pe. 24 de junio de 2021. Consultado el 28 de febrero de 2024.
- ↑ Valencia, Martha (24 de junio de 2021). «JNE: Suspenden en el ejercicio del cargo a Luis Arce hasta que termine el proceso electoral». El Búho. Consultado el 22 de mayo de 2024.
- ↑ Cabral, Ernesto (25 de junio de 2021). «JNE en la recta final: respaldo internacional frente a acusaciones sin evidencia». Ojo Público. Consultado el 22 de mayo de 2024.
- ↑ a b Staff, Willax. «Jorge Luis Salas Arenas, presidente del JNE, liberó a dos terroristas». willax.pe. Consultado el 28 de febrero de 2024.
- ↑ a b c d e República, Redacción La (7 de junio de 2021). «Es falso que el presidente del Jurado Nacional de Elecciones sea terrorista». larepublica.pe. Consultado el 22 de abril de 2024.
- ↑ Staff, Willax. «Jaime Villanueva: "Vela me hablaba de la estrategia que el JNE estaba diseñando para que no salga la señora Fujimori"». willax.pe. Consultado el 28 de febrero de 2024.
- ↑ Paucar, Por Luis (13 de febrero de 2024). «Jefe del JNE encara a Keiko Fujimori por revivir discurso de fraude ante testimonio de Jaime Villanueva: “No ha habido maquinaciones”». infobae. Consultado el 28 de febrero de 2024.
- ↑ GESTIÓN, NOTICIAS (24 de marzo de 2024). «Jorge Salas Arenas renuncia a su derecho de antejuicio | JNE | Pavel Vladimir Cárdenas Peña | | PERU». Gestión. Consultado el 27 de marzo de 2024.
- ↑ a b
- ↑ Redacción EC (24 de marzo de 2024). «Jorge Salas Arenas tras denuncia constitucional en su contra: “renuncio formalmente a mi derecho al antejuicio”». El Comercio. ISSN 1605-3052. Consultado el 27 de marzo de 2024.
- ↑ Salas Arenas, Jorge Luis (2011). Condena al absuelto: Reformatio in peius cualitativa (Primera edición edición). Editorial Moreno. ISBN 978-612-4037-46-7. Consultado el 28 de febrero de 2024.
- ↑ Salas Arenas, Jorge Luis (2013). Indemnidad sexual: tratamiento jurídico de las relaciones sexuales con menores de 14 a 18 años de edad. IDEMSA. ISBN 978-612-4037-69-6. Consultado el 28 de febrero de 2024.